13 de junio de 2009

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Declaración Universal de los Derechos del Niño a escuchar Cuentos
1. Todo niño, sin distinción de raza, idioma o religión, tiene el derecho a escuchar los más hermosos cuentos de la tradición oral de los pueblos, especialmente aquellos que estimulen su imaginación y su capacidad crítica.

2. Todo niño goza a plenitud del derecho a conocer las fábulas, mitos y leyendas de la tradición oral de su país. En el caso de los niños americanos éstos tienen perfecto derecho a interesarse en nuestros relatos indígenas y cuentos costumbristas, así como toda aquella literatura oral creada por el pueblo.

3. Todo niño tiene derecho a exigir que sus padres le cuenten cuentos a cualquier hora del día. Aquellos padres que sean sorprendidos negándose a contar un cuento, no sólo incurren en un grave delito de omisión culposa, sino que se están autocondenando a que su hijo jamás les vuelva a pedir otro cuento.

4. Todo niño que por una razón no tenga a nadie que le cuente cuentos, tiene absoluto derecho a pedirle al adulto de su preferencia que se los cuente, siempre y cuando éste demuestre que lo hace con amor y ternura, que es como se cuentan los cuentos.

5. Todo niño tiene derecho a escuchar cuentos sentado en las rodillas de sus abuelos. Aquellos niños que tengan vivos a sus cuatro abuelos podrán cederlos a otros niños que por diversas razones no tengan abuelos que les cuenten. Del mismo modo, aquellos abuelos que carezcan de nietos están en libertad de acudir a escuelas, parques y otros lugares de concentración infantil en donde con entera libertad podrán contar cuantos cuentos quieran.

6. El niño también tiene derecho a inventar y contar sus propios cuentos así como modificar los ya existentes creando su propia versión. En aquellos casos de niños muy influenciados por la televisión, sus padres están en la obligación de descontaminarlos conduciéndolos por los caminos de la imaginación de la mano de un buen libro de cuentos infantiles.

7. El niño tiene derecho a exigir cuentos nuevos. Los adultos están en la obligación de nutrirse permanentemente de nuevos e imaginativos relatos, propios o no, con o sin reyes, largos o cortos: lo único obligatorio es que sean hermosos e interesantes.

8. Todo niño tiene derecho a pedir que le cuenten un millón de veces el mismo cuento.

9. Todo niño está en el derecho de saber quiénes fueron Hans Christian Andersen, Charles Perrault, los hermanos Grimm, José Martí, Javier Villafañe, María Elena Walsh, Laura Devetach, Elsa Bornemann, Graciela Montes, Gustavo Roldán y Ricardo Mariño. Las personas adultas están en obligación de poner al alcance de los niños todos los libros, cuentos y poesías de estos autores.

10. Todo niño tiene derecho a crecer acompañado de las aventuras de “Alicia, el Tío Tigre y el Tío Conejo”, de aquel caballo que era bien bonito, de la barba del viejo Lucho, de aquel burrito llamado Platero, del Gato que tenía unas botas de siete leguas, de las hadas madrinas y magos, del colorín colorado de los cuentos y del inmortal “Había una vez...”, palabra mágica que abre las puertas de la imaginación en la ruta hacia los sueños más hermosos de la niñez y que formarán parte de sus conocimientos hasta el fin de los siglos.


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